Condenan a empresa eléctrica Edelaysen por tala ilegal de bosque nativo

La Corte de Apelaciones de Coyhaique ordenó a la empresa Eléctrica de Aysén S.A (Edelaysén), el pago de una multa de $2.040.000, a beneficio municipal, y a reforestar el predio talado sin plan de manejo, ubicado en el sector El Claro, de la comuna.

En fallo unánime (causa rol 38-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Ignacio Mora, Natalia Rencoret y el fiscal judicial (i) Juan Patricio Silva– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Policía Local de Coyhaique, que no dio lugar a la denuncia formulada por la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

El fallo indica que se estableció que la empresa denunciada no contaba con un plan de manejo ni una autorización para ejecutar la corta de bosque nativo, ejecutada en los predios Lote 9 y Lote 1 de Coyhaique, para despejar la faja de tendido eléctrico, encontrándose legalmente obligada a presentar el referido plan de manejo.

En la tala hubo especies nativas que fueron cortadas y en la resolución agrega que: “los árboles cortados tenían una edad superior a 30 años, vigorosos, con función protectora de suelos y además, brindando belleza al paisaje».

Se añade igualmente: «Respecto del lote 9, las actividades de corta de la especie ñirre comprendieron una superficie de 0,01 hectárea alcanzando a 2,95 metros de leña que se encontraba en el predio. En cuanto al lote 1, los trabajos influyeron en una superficie de 0,05 hectáreas, obteniendo 31,05 metros de leña”.

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley N° 20.283 sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal, se estableció la responsabilidad infraccional de la denunciada, no habiendo discutido la efectividad de la ejecución de las cortas de especies nativas, careciendo de la respectiva autorización.

Junto al pago de la multa de $2.040.000, a beneficio municipal, la empresa eléctrica deberá presentar dentro de un plazo de 60 días, ante la denunciante el respectivo Plan de Manejo de Corrección, para reforestar una superficie igual a la cortada, equivalente 0,06 hectáreas en los predios intervenidos.

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